Los Consejos Escolares se rigen por las normas contenidas en la Ley Nº 19.979 y en el Decreto 24, que tiene carácter informativo, consultivo y propositivo. Tiene como objetivo …”estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo y en las demás áreas que estén dentro de las esferas de sus competencias”

El consejo escolar en el Colegio de Aplicación está formado por:

  • El/La Director(a) del establecimiento, quien lo preside.

  • El/La representante legal de la entidad sostenedora o la persona designada por él mediante documento escrito.

  • Un(a) representante de los docentes y un(a) asistente de la educación

  • El/La presidente(a) del Centro de Padres y Apoderados

  • El/La presidente del Centro de Alumnos(as)